A tenor con la autoridad conferida por la Ley de Relaciones del Trabajo de Puerto Rico, la Junta de Relaciones del Trabajo de Puerto Rico aprobó su Reglamento Número 7947 el 23 de noviembre de 2010, conocido como el REGLAMENTO PARA EL TRÁMITE DE INVESTIGACIONES Y PROCEDIMIENTOS ADJUDICATIVOS DE LA JUNTA DE RELACIONES DEL TRABAJO DE PUERTO RICO el cual entró en vigor el 23 de diciembre de 2010. Las disposiciones de este cuerpo de normas tiene como propósito el establecimiento de una política pública en la Junta de Relaciones del Trabajo de Puerto Rico la solución justa, rápida y económica de toda controversia presentada ante la consideración de la agencia. De este modo, se adopta un conglomerado de reglas que regularán todo procedimiento tramitado ante la Junta, velando por que no se menoscaben los derechos conferidos por ley. De igual forma, el 27 de julio de 2015 quedó aprobado el reglamento número 8621, Reglamento para la Conciliación de Casos ante la Junta de Relaciones del Trabajo. Este cuerpo de normas tiene como propósito primordial promover y facilitar la conciliación como método de solución de conflictos. Este es un proceso completamente voluntario entre las partes que fomentan la paz, la buena fe, la equidad, y la búsqueda de un acuerdo que redunda en economías para los involucrados.